Lab 2: Modelo de Contrato

En Santiago de Chile, a 21 de Abril de 2008, entre la Empresa "I- PRO Proyectos de Ingenieria" , en adelante I-PRO, representada por don Nicolás Andrés Poblete Leiva, Rut.: 16751245-3 en su calidad de Gerente General, con domicilio en Antuhuenu 7379, comuna de Huechuraba, en adelante "el empleador" por una parte y por la otra parte, don Cesar Abraham Ribba Rojas, de nacionalidad chilena, nacido (a) el 15 de diciembre de 1988, cédula de identidad Nº 17086496-4, domiciliado en Belisario Prat 2033, comuna de Independencia, de profesión Ingeniero Civil Industrial, de estado civil soltero, procedente de Santiago, en adelante "el trabajador", se ha convenido el siguiente contrato de trabajo.

PRIMERO:
I-Pro contrata los servicio del "Trabajador" Don Cesar Abraham Ribba Rojas, quien se compromete a desempeñar las funciones o actividades que son propias del cargo de " Analista de Administración y Finanzas" que se le encomienden.

Los servicios se prestarán en Antuhuenu 7379, comuna de Huechuraba sin perjuicio de la facultad del empleador de alterar, por causa justificada, la naturaleza de los servicios, o el sitio o recinto en que ellos han de prestarse, con la sola limitación de que se trate de labores similares y que el nuevo sitio o recinto quede dentro de la misma localidad o ciudad, conforme a lo señalado en el artículo 12º del Código del Trabajo.

SEGUNDO:
La jornada de trabajo será de 45 horas semanales, distribuidas en cinco días a la semana de Lunes a Viernes, de 8,30 a 18,30 horas, y 60 minutos de colación diarios. El tiempo destinado para colación será de cargo del trabajador y no será considerado para computar la jornada diaria.
TERCERO:
El empleador se compromete a remunerar los servicios del trabajador con un sueldo Base mensual de $ 500.000.- (Quinientos mil pesos), que será liquidado y pagado, por períodos vencidos y en forma proporcional a los días trabajados, a los cuales se le realizaran los deducciones legales y previsionales conforme a la Ley.

El trabajador faculta al empleador para que le pague sus remuneraciones en dinero efectivo, cheque o depósito bancario.

El empleador se compromete a otorgar al trabajador los siguientes beneficios
a) Vales de Colación por $ 2.500.- diarios por cada día efectivamente trabajado.
b) Bono de Movilización de $ 15.000.- mensuales .
c) Estacionamiento en el establecimiento de la Empresa destinado para este uso.

CUARTO:
El trabajador recibirá además, por concepto de Gratificacuón anual, el veinticinco por ciento de lo devengado en el respectivo ejericicio comercial por concepto de remuneraciones mensuales, con un tope de cuatro y tres cuartos ingresos mínimos mensuales, en conformidad a lo establecido en el artículo 50º del Código del Trabajo.


QUINTO:
El trabajador se compromete y obliga expresamente a cumplir las instrucciones que le sean impartidas por su jefe inmediato o por la gerencia de la empresa, en relación a su trabajo, y acatar en todas sus partes las normas del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad , las que declara conocer y aceptar, que forman parte integrante del presente contrato, reglamento del cual se le entrega un ejemplar en este acto.

SEXTO:
El presente contrato será a plazo, hasta el 21 de julio de 2008 y sólo podrá ponérsele término en conformidad a la legislación vigente.

SEPTIMO:
Se deja constancia que el trabajador ingresó al servicio del empleador el día 21 de abril de 2008.

OCTAVO:
Para todos los efectos derivados del presente contrato las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago, y se someten a la Jurisdicción de sus Tribunales.


El presente contrato se firma en dos ejemplares de idéntico tenor, declarando el trabajador haber recibido en este acto un ejemplar de dicho instrumento, que es el fiel reflejo de la relación laboral convenida.



FIRMA TRABAJADOR
Cesar A. Ribba Rojas


FIRMA DEL EMPLEADOR
I - PRO

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