Lab 2: Banco


Fondo Garantía


Beneficios


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Le permite contar con capital de trabajo, para adquirir materias primas, mercaderías, pagar sueldos y otros costos de producción.
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Le permite realizar proyectos de inversión, compra de maquinarias, equipos, herramientas, instalaciones, inmuebles con fines productivos y otros.
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Le entregamos respaldo efectivo para que pueda acceder a créditos, en caso de que usted no tenga bienes que le sirvan de garantía o que éstos sean insuficientes.

Características

-El FOGAPE le garantiza hasta el 80% del crédito, dependiendo de los resultados de las licitaciones de la garantía y del tipo plazo, monto y créditos.
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Los montos límites de la garantía para pequeños empresarios agrícolas y no agrícolas es de hasta 5.000 UF ; para organizaciones de pequeños empresarios, hasta 24.000 UF , elegibles, y para los exportadores, hasta 4.810 UF , expresados en pesos o dólares.

Lab 3 : Energía Eólica

http://www.slideshare.net/08ucentralgrp5/energa-elica-388057/

Lab 2: SII


Requisitos para inscripción empresa en facturación electrónica MIPYME

Lea cuidadosamente la siguiente información antes de ingresar los antecedentes solicitados.
La inscripción sólo puede ser efectuada por un representante legal de la empresa.
El representante legal puede autenticarse con Rut/clave para verificar la factibilidad de inscripción sin embargo para la inscripción propiamente tal debe estar autenticado con certificado digital. (Ver Proveedores de Certificados Digitales)
Si el representante legal está autenticado con certificado digital y la empresa cumple con los requisitos, la inscripción podrá ser realizada en forma inmediata.

REQUISITOS PARA INCORPORARSE A LA FACTURACION ELECTRONICA PARA MIPYME

Los requisitos que la empresa debe cumplir para que la inscripción en el Sistema de Facturación Electrónica MIPYME sea aceptada son los siguientes:

  • Haber realizado y mantener vigente el trámite de inicio de actividades (*)
  • Calificar como contribuyente de Primera Categoría, de acuerdo a lo indicado en el Art. 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

  • No tener la condición de querellado, procesado o, en su caso, acusado por delito tributario, o condenado por este tipo de delito hasta el cumplimiento total de su pena.

  • No superar los 500 millones de pesos en las ventas efectuadas en los últimos 12 meses.

* Para poder emitir documentos tributarios electrónicos con IVA, se requiere además ser contribuyente de IVA y contar con verificación positiva de actividades en terreno.

Es una exigencia del Servicio que ni el representante legal ni los usuarios autorizados tengan situaciones pendientes con el SII. Si tiene dudas al respecto consulte en Consulta Situación Tributaria Personal.

Adicionalmente se examinará la factibilidad de ingreso de la empresa al Sistema de Tributación Simplificada, teniendo presente que de acuerdo a lo establecido en el Art. 14 Ter. de la Ley de Impuesto a la Renta, sólo se puede ingresar al Régimen de Tributación Simplificada hasta el 30 de Abril de cada año o al momento de iniciar actividad.

Lab 2: DPI



En el Departamento de Propiedad Industrial se debe realizar el procedimiento establecido por la Ley de Propiedad Industrial y su reglamento para registrar una marca comercial.

Una marca comercial, es todo signo susceptible de representación gráfica capaz de distinguir en el mercado, productos, servicios, establecimientos industriales y establecimientos comerciales.

La duración de un registro de marca comercial es de 10 años. Esta puede renovarse en el tiempo por iguales períodos, si al vencimiento del registro, se efectúa dentro del plazo legal la correspondiente solicitud de renovación y pago de derechos.

La protección de los registros de marcas comerciales que distinguen productos, servicios y establecimientos industriales, es para todo el territorio nacional.
Por su parte, la protección de los registros de marcas comerciales que distinguen establecimientos comerciales, es para la región que se hubieren específicamente solicitado.

Antes de presentar una solicitud de registro, es recomendable efectuar una revisión en la bases de datos de la DPI, para saber si la marca a solicitar ya se encuentra registrada o bien presenta similitudes con otra solicitud previa o registro. Todo ello a fin de evitar el rechazo de la misma y consecuentemente la pérdida del pago de derechos iniciales.
Asimismo, debe verificarse que el término o expresión elegida como marca comercial, no incurra en otras causales de irregistrabilidad, establecidas en el art. 20 de la Ley 19.039, sobre Propiedad Industrial.
Esto es que la marca consista en el nombre de un país, denominaciones técnicas u organismos internacionales, que corresponda a una marca famosa y notoria registrada en el extranjero, que sea un término genérico para distinguir justamente el producto o servicio que se pretende proteger, o que sea contraria a la moral y orden público.
Para efectuar la búsqueda de similitud o de marca ya inscrita en el país, con el término que Ud. desea inscribir, se debe ingresar a la sección "Consulta Base de Datos" (ubicado en el home principal del Portal www.dpi.cl ), lo que les permitirá realizar dos tipos de consultas en las bases de datos de marcas.

A) La Consulta Normal tiene por objetivo apoyar a aquellos usuarios que se encuentren en proceso de tramitación de solicitudes, accediendo a criterios de consulta que permiten realizar un seguimiento de la tramitación de un expediente. Este sistema también permite saber si la marca que se pretende solicitar ya se encuentra registrada.

B) La Consulta Avanzada, en cambio, es una herramienta estratégica que permite, mediante la utilización de filtros con mayores criterios, acotar al máximo el requerimiento de búsqueda de todos los usuarios y empresas que deban iniciar procesos de investigación y desarrollo (I+D); estudios de marketing; análisis de riesgo; planificaciones estratégicas, o estén en búsqueda de productos innovadores y de alto impacto comercial.

Ambas búsquedas permitirán anticiparse a posibles reclamaciones de terceros, en caso que la marca que desee registrar el empresario, sea similar o ya se encuentre registrada para la misma clase o cobertura.

La elección del tipo de consulta es determinada por el usuario, según su interés de investigación.

Si es la primera vez que accede y utiliza estos servicios del DPI, se recomienda realizar la consulta normal, elegir la opción marcas y colocar la palabra o denominación de su interés.

Para mayor información sobre los costos y procedimientos de tramitación, se recomienda consultar el portal www.dpi.cl , en la sección "ventana del solicitante"- "procedimientos de tramitación" - "Marcas". Ahí la persona podrá encontrar un flujo de procesos que permitirá comprender la tramitación.

En forma presencial

En el Departamento de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía, que se ubica en Moneda N° 970, piso 10, Santiago Centro. El horario de atención es de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 hrs.

Vía Internet

Lo puede hacer directamente desde esta página ingresando al icono Ejecutar en línea que se encuentra en el costado izquierdo de esta descripción o ingresando a la página www.dpi.cl.

En la opción Ejecutar en línea aparecerá una ventana de ingreso al sistema, esto permite navegar en un ambiente seguro y utilizar los servicios que ofrece el Departamento de Propiedad Industrial Chileno, respecto a las presentaciones de solicitudes electrónicas; peticiones títulos y certificados; y los pagos de derechos que se realizarán a través de la Tesorería General de la República.

La primera vez que ingrese al sistema en línea debe ir a la opción Obtención de clave secreta y seguir las indicaciones. La identificación de usuario y clave es indispensable para que el sistema lo reconozca, por esta razón, los datos que proporcione deben ser correctos y fidedignos para lograr un resultado óptimo y evitar así problemas de comunicación entre usted y el DPI.

En caso de olvidar la clave secreta deberá colocar su nombre de usuario (correo electrónico) en la casilla que corresponde y seguir los pasos que se le indica en la pregunta ¿ olvidó su clave?. Así el sistema en forma automática enviará su clave secreta al correo que identifico el requerimiento.

Tenga Presente que El sistema valida los datos ingresados verificando que el e-mail no exista en nuestra base de datos. El sistema genera una clave secreta aleatoria y única. El sistema envía en forma automática un correo electrónico con la inscripción al usuario registrado.

A las personas naturales o jurídicas interesadas en registrar una marca.

En forma presencial

  1. Deberá adquirir el formulario que se encuentra a la venta en la caja ubicada en las dependencias del DPI. Existen cinco tipos formularios diferentes, según quiera usted registrar una marca para productos, servicios, establecimiento comercial, establecimiento industrial o frase de propaganda.
  2. Posteriormente usted deberá llenar la solicitud a máquina o computador. Para la presentación de solicitud con ETIQUETAS (logo, imagen, etc), usted debe entregar seis diseños de ella en papel de un tamaño mínimo de 5 X 5 centímetros y, salvo casos especialmente calificados por el jefe del Departamento, en tamaño máximo de 20 X 20 centímetros.
  3. Acompañar poder en el evento de hacerlo a través de representante. O bien acreditar su representación en caso que el titular sea una persona jurídica.
  4. Firmar la solicitud y presentar la solicitud en Oficina de Partes del DPI, ubicada en Moneda N° 970, piso 10, Santiago, Chile.
  5. Presentada la solicitud, se debe retirar un documento llamado Orden de Pago (Formulario Nº 10 de ingreso de derechos fiscales), en él consta la cantidad que se debe pagar para iniciar el trámite. La orden de pago debe ser pagada en un banco comercial u otra institución habilitada para recibir pago de derechos fiscales, como por ejemplo Servipag y Sencillito y posteriormente presentada en la Oficina de Partes del DPI, para acreditar el pago.
  6. Al momento de ingresar la solicitud en ventanilla deberá acreditarse el pago de derechos iniciales, y se le otorgará un Nº a su Solicitud, lo que formalizará el ingreso de su solicitud para la inscripción de una marca.
  7. Posteriormente el DPI realiza un examen preliminar a fin de verificar si su solicitud se encuentra formalmente bien presentada. En este examen se verifica especialmente que la cobertura señalada por el solicitante esté clara y corresponda a la clase de producto y/o servicio en que se requiere en el formulario.
  8. A este respecto cabe señalar que existe un acuerdo sobre criterios de clasificación de productos y servicios, denominado Clasificación Internacional de Niza, y que es utilizado por el Departamento de Propiedad Industrial.

( http://www.dpi.cl/default.asp?cuerpo=517 ).

En caso de no cumplir con la forma, la solicitud será observada, debiendo el solicitante salvar la observación dentro de 30 días. En caso contrario se declarará el abandono de la solicitud.

Aceptada a trámite la solicitud, se cuenta con un plazo de 20 días fatales para requerir y pagar en el Diario Oficial el trámite de la publicación, en caso contrario la solicitud se dará por vencida por no cumplir con el plazo estipulado por la Ley.

La publicación del extracto de la solicitud en el Diario Oficial, tiene por finalidad informar al público sobre la existencia y el contenido de su solicitud de marca, y a fin que quienes se sientan afectados, interpongan las demandas de oposición a la misma, en caso que alguien considera que ésta incurre en alguna de las causales de irregistrabilidad del art. 20 de la Ley 19.039.

Si la solicitud es rechazada y/o declarada el abandono en el examen preliminar, por el Conservador de Marcas, es posible presentar un recurso llamado Reclamación . El recurso se debe presentar por escrito en la Oficina de Partes del DPI. Debe individualizar la marca y el número de solicitud. No requiere el patrocinio de abogado.

Si con motivo de la Reclamación, la solicitud se acepta a tramitación, sigue el trámite normal, debiendo requerirse la publicación en el Diario Oficial, dentro de 20 días, contados desde la resolución que resolvió el recurso.

Si persiste el rechazo a tramitación de su solicitud, es posible apelar ante el Honorable Tribunal de Propiedad Industrial (TPI). Se requiere el patrocinio de un abogado.

Una vez efectuada la publicación, se debe esperar 30 días hábiles contados de lunes a viernes, -como todos los otros plazos que fija la Ley de Propiedad Industrial- , para que cualquier interesado se oponga a la marca solicitada, por considerarse afectado en los términos establecidos en la Ley, debiendo al efecto interponer la correspondiente demanda de oposición, a fin de que sea oído.

Si durante ese período de treinta días, se ha presentado una o más oposiciones, nos encontramos frente a un juicio marcario, en cuyo caso la solicitud es derivada al subdepartamento jurídico, donde se tramitará el juicio.

Habiéndose presentado o no oposiciones, la solicitud pasa al Jefe del Departamento de Propiedad Industrial para el examen de fondo, esto es para verificar si la solicitud incurre en causales de irregistrabilidad. Si no existen oposiciones ni observaciones de fondo, el Jefe del Departamento de Propiedad Industrial emite su resolución definitiva de aceptación.

Por el contrario, si producto de su examen encuentra observaciones de fondo, esto es que considera que existen razones para rechazar su marca, deberá darle "traslado" (notificarlas) al solicitante para que éste las responda. En el evento de existir oposiciones, también deberá darse traslado (notificarla) al solicitante para que las responda.
El solicitante deberá contestar conjuntamente las observaciones de fondo y oposiciones si las hubiere, dentro de los 30 días siguientes a su notificación.
A este respecto, debe considerarse que las oposiciones, deben contestarse por medio de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.

Vencido el plazo de los 30 días para la contestación de las observaciones, se hayan o no contestado las observaciones, el Jefe del Departamento procederá pronunciarse sobre el rechazo o aceptación de la solicitud a registro.

Si se acepta la marca, el solicitante deberá pagar y acreditar el pago de los derechos definitivos dentro del plazo de 60 días, contados desde la resolución que aceptó la marca.

Si se rechaza la marca, en este caso el interesado puede apelar para ante el Honorable Tribunal de Propiedad Industrial (TPI), dentro de los 15 días, para tal efecto debe ser patrocinado por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.

Los pagos de derechos finales se deben hacer y acreditar dentro del plazo de 60 días, señalado anteriormente. El interesado debe efectuar el pago de los derechos definitivos en un banco comercial y acreditar el pago en el DPI, entregando copia del formulario 10 de ingresos fiscales en las oficinas del DPI, dentro de Plazo, de lo contrario la solicitud quedará vencida por el solo ministerio de la Ley al vencimiento del plazo.

Acreditado el pago, el registro de la marca se materializa, otorgándole un Nº de Registro, pudiendo obtener posteriormente un título o certificado, los que se solicitan directamente en el DPI.

Para el pago de derechos finales a través de Internet:

Ingresando directamente desde esta página al icono Ejecutar en línea que se encuentra en el costado izquierdo de esta descripción o ingresando a la página www.dpi.cl usted puede realizar la presentación de solicitudes y pagos vía internet,
Para realizar el pago electrónico, primero se debe completar los datos solicitados en el formulario electrónico y marcar el botón "pagar".
Aparecerá una página de "confirmación de pago" que tiene por objetivo que el usuario revise los datos proporcionados.

Si están correctos, usted debe marcar nuevamente el botón "pagar" para que el sistema lo envíe a la página de Tesorería.

En esta página, usted podrá optar por el banco que es cuentacorrentista para efectuar dicho pago. En caso que su banco no se encuentre, usted debe marcar la opción "webpay" y utilizar su tarjeta visa.

Por último, recordamos que para utilizar los sistemas en línea del DPI, es indispensable que usted se registre (donde se indica en el home principal del portal www.dpi.cl , "regístrese en dpi") para obtener la identificación de usuario y clave secreta, de lo contrario el sistema NO permitirá el acceso a sus ambientes seguros de navegación.
Al efectuar el pago vía internet se cumple automáticamente con las dos obligaciones de pagar y acreditar el pago.

En Forma presencial usted debe:

  1. Acompañar poder en el evento de hacerlo a través de representante.
  2. Presentar la solicitud en Oficina de Partes del DPI.
  3. Presentada la solicitud, se debe retirar un documento llamado Orden de Pago, en él consta la cantidad que se debe pagar para iniciar el trámite.
  4. La orden de pago debe ser cancelada en un banco comercial y posteriormente presentada en la Oficina de Partes del DPI, para acreditar el pago.
  5. En caso de PRESENTAR solicitudes de marcas comerciales con ETIQUETAS:

1. Presentar en la oficina de partes del DPI (Moneda 970, piso 10), la solicitud conforme a Reglamento.

Para la presentación de solicitud con ETIQUETAS en papel, usted debe entregar seis diseños de ella de un tamaño mínimo de 5 X 5 centímetros y, salvo casos especialmente calificados por el jefe del Departamento, en tamaño máximo de 20 X 20 centímetros.

En caso que usted presente la ETIQUETA en soporte electrónico, ello deberá hacerse cumpliendo las siguientes condiciones:

El medio magnético puede ser CD-ROM, Disquete u otro medio portátil que sea compatible con los equipos disponibles en el Departamento para su captura.
La resolución mínima que se necesita para la presentación de etiquetas es de 300 dpi .
El formato gráfico debe ser del tipo conocido en el mercado, es decir: *.TIF; *.GIF; *.JPG; *.BMP u otro formato que el software que utiliza el Departamento pueda leerlo.
La ETIQUETA debe presentarse en PAPEL además del arte digitalizado.

2. Si usted presenta la etiqueta en medio magnético, el encargado de la recepción efectuará una revisión de la imagen digitalizada y la confrontará con la copia en papel que debe acompañar.

3. Si concuerdan los antecedentes presentados, la etiqueta será almacenada electrónicamente y el medio magnético será devuelto. Iniciando así, el proceso de tramitación correspondiente.

4. En caso que la imagen digitalizada no concuerde con la etiqueta presentada en papel, será devuelta al solicitante para su corrección y posterior presentación conforme lo establece el Reglamento.

Aquellos usuarios que presenten su solicitud de marca comercial vía internet, podrán enviar los poderes correspondientes a través de correo certificado.

Mediante una carta, el usuario debe identificar:

  1. La solicitud
  2. Marca
  3. Fecha de presentación y titular, además, representante si procediere.
  4. Los poderes deberán adjuntarse a la carta y deben ser copias legalizadas ante notario de la localidad de origen del solicitante, en caso de extranjeros ante el Consulado Chileno respectivo.

Respecto a la redacción del poder, lo importante es que se señale expresamente las facultades para solicitar la marca o patente y realizar todos los trámites necesarios para la obtención de registro, como la interposición de recursos administrativos, judiciales ante las autoridades competentes, el de limitarla, presentar o retirar solicitudes, reclamaciones, etc.

La carta debe ser dirigida al Conservador de Marcas Comerciales.

El Sobre de Envío, deberá indicar: Señor Conservador de Marcas Comerciales Departamento de Propiedad Industrial Moneda 970 piso 10 Santiago Centro Chile Tema: Adjunta poderes de Expediente Nro. (Indicar número de solicitud) Especificar cantidad de hojas que se presentan: 3

Respecto a los costos para registrar una marca comercial establecido en la ley 19.039 y su reglamento y, en el caso de la publicación, establecidos por el Diario Oficial, son los siguientes en moneda nacional:
COBERTURA PRODUCTOS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES:

  • Formulario : $ 1.000 vía presencial Vía Internet : Costo 0 de Formulario.
  • Pago Inicial : 1 U.T.M. por clase
  • Publicación : Según extensión de extracto. La publicación de la sola etiqueta si la hay es de $ 15.000.
  • Último Pago : 2 U.T.M.. por clase.
  • COBERTURA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES:
  • Formulario : $ 1.000 vía presencial y sin costo de Formulario, Vía Internet :
  • Pago Inicial : 1 U.T.M. por cada clase y región del país solicitada
  • Publicación : Según extensión de extracto. La publicación de la sola etiqueta, si la hay, es de $ 15.000.
  • Último Pago : 2 U.T.M. por cada clase y región del país solicitada.

Para estimar el valor exacto de su solicitud, es necesario definir claramente la actividad que se realiza y las clases que éstas comprenden y se desea en definitiva solicitar.

Si usted efectúa la presentación vía Internet, el formulario queda exento de pago.

El plazo legal es de 145 días.

  • Emisión de títulos y certificados solicitados vía remota por usted, incluyendo sus envíos mediante carta certificada por parte del DPI
  • Pago electrónico de tasas y derechos
  • Presentación en línea de formularios electrónicos para iniciar el proceso de tramitación del registro de marcas comerciales y patentes de invención, modelos de utilidad, diseños y dibujos industriales y esquemas de trazado
  • Realización de consultas avanzadas sobre la Base de datos de patentes y marcas, herramienta necesaria para generar procesos de investigación bien orientados.

Lab 2: NIC


1. ¿Cuál es la labor de NIC Chile?

NIC es una sigla que significa "Network Information Center", o Centro de Información de Redes, nombre histórico usado en todo el mundo para definir la organización encargada de administrar los nombres de dominio en alguna categoría en Internet.
La organización mundial administradora de los nombres de dominio en Internet, IANA (Internet Assigned Number Authority), en el año 1986, delegó el ejercicio de esa función en el Departamento de Ciencias de la Computación de la Universidad de Chile, con el objeto de permitir la creación de nombres de dominio correspondientes a nuestro país, originándose el sufijo ".cl".

2. ¿Qué es un nombre de dominio?

Un nombre de dominio es un identificador usado para designar a un computador, o a un conjunto de computadores en la red. Por ejemplo, el nombre "uchile.cl" agrupa a todos los computadores de la Universidad de Chile, mientras que "anakena.dcc.uchile.cl" designa a un computador llamado "anakena" dentro del Departamento de Ciencias de la Computación, que a su vez se encuentra dentro de la Universidad de Chile.

3. ¿Qué se puede obtener con un dominio? ¿Para qué se usa un dominio?

Un nombre de dominio es un recurso que permite implementar a traves de Internet, ciertos servicios como una red de correo electrónico, una página Web, transferencia de archivos (FTP), comercio electrónico, etc. Cuando una persona inscribe un dominio en NIC Chile, adquiere la posibilidad técnica de asociar el nombre de dominio con un computador específico que él escoja.

4. ¿Qué significa el ".cl" que aparece al final de esos nombres de dominio?

La terminación ".cl" (o ".CL", da lo mismo) es el sufijo o identificador que agrupa a todos los dominios inscritos dentro de la República de Chile.

5. ¿Qué diferencia hay entre .cl y .com, .net, .org?

Técnicamente, no hay ninguna diferencia.
Administrativamente, el dominio ".cl" representa dominios inscritos en Chile y son administrados por NIC Chile. En cambio los dominios ".com", ".net", ".org" son de carácter genérico (no representa ubicación geográfica) y su registro es administrado por varias empresas en forma coordinada a través de todo el mundo.
En un principio se trató de agrupar las empresas comerciales usando el sufijo ".com", los servicios de redes en ".net" y las organizaciones en ".org" Sin embargo en la actualidad esta clasificación no es relevante.

6. ¿Qué son los subdominios?

Un subdominio es un dominio que forma parte de otro dominio más general. Por ejemplo, "dcc.uchile.cl" es un subdominio de "uchile.cl".

El Registro del Nombres del Dominio CL administra sólo el espacio de subdominios de ".cl". Cada asignatario de un dominio puede crear libremente subdominios bajo éste.

7. ¿Es obligatorio inscribirse bajo ".cl" para operar en Internet en Chile?

No, es sólo lo más frecuente. Existen dominios como ".com" (comercial), ".net" (redes), etc. que aceptan inscripciones desde cualquier lugar del mundo.

8. Si mi empresa no está en Internet, ¿necesito inscribir un nombre de dominio?

Sí y no. Desde un punto de vista técnico, no hace falta. Pero hay varias razones para hacerlo de todas maneras, e incluso lo antes posible. En primer lugar, es muy probable que la empresa se conecte a Internet en el futuro y sería una sorpresa desagradable encontrarse con que el nombre ya está inscrito por un tercero.

9. ¿Puedo usar el mismo nombre de mi empresa como nombre de dominio?

Las reglas para formar nombres de dominios son algo restrictivas. Sólo pueden usarse letras, números y guiones (-), sin empezar ni terminar por guión. Se pueden utilizar letras acentuadas (á, é, í, ó, ú), u con diéresis (ü) y eñes, pero no están permitidos los espacios y subrayados. El largo máximo es de 63 caracteres, excepto para los dominios IDN. No se distingue entre mayúsculas y minúsculas.
A causa de lo anterior, es posible que necesite abreviar o adaptar el nombre de la empresa. Además, los nombres más breves son más fáciles de recordar y de tipear por los usuarios.

10. ¿Es terrible si no logro inscribir el nombre de dominio que yo quería, y me tengo que conformar con algún otro?

No tanto como la gente cree. Los novatos en Internet tienden a pensar que si inscriben por ejemplo "ofertas-increibles.cl", automáticamente van a tener acaparada la atención de todos los que anden en busca de gangas. La realidad es que entre los miles y miles de servidores en Internet, la gente tiende a encontrar lo que busca consultando índices temáticos como Yahoo o La Brújula, o usando buscadores como Altavista o Infoseek.

11. Ya inscribí un dominio. ¿Dónde pongo mi página web ahora?

NIC Chile sólo ofrece el servicio para inscribir un nombre de dominio que puede utilizar para publicar un sitio web o para tener correo electrónico, por ejemplo. Si desea tener una página, debe contratar un servicio de hosting con alguna de las empresas que ofrecen este servicio.
NIC Chile no ofrece el servicio de hosting.

Lab 2: Caja de Compensación


Las cajas de compensación de asignación familiar (C.C.A.F.) son corporaciones de derecho privado, con patrimonio propio y sin fines de lucro, las cuales han tenido un sostenido desarrollo y crecimiento en las ultimas cuatro décadas principalmente, tanto en nuestro país como en el extranjero.

El objetivo de las Cajas de Compensación originalmente era la administración de las "prestaciones de seguridad social" las cuales tendían al desarrollo y bienestar del trabajador y su familia.

Hoy en día las Cajas de Compensación entregan una gran gama de beneficios en materia de seguridad social a sus afiliados, además de los objetivos básicos antes mencionados. Las nuevas áreas en que han incursionado las Cajas de Compensación son: vivienda, cultura, salud, capacitación, recreación, desarrollo personal, perfeccionamiento.

Lab 2: Mutual


El mutualismo es un sistema solidario de servicios mutuos, fundado en la asociación voluntaria de personas que se unen con objetivos comunes de ayuda recíproca.

En el aspecto económico se sustenta integrando un patrimonio del cual nadie es propietario en forma individual. Este patrimonio pertenece al conjunto total y orgánico de los asociados.

En el aspecto social, se basa en la conformación del grupo humano que se integra para satisfacer sus necesidades, excluyendo los egoísmos e intereses personales.

En general puede afirmarse que la asociación mutual es una organización creada por personas para recibir determinados servicios cuya adquisición en forma individual les resultaría casi imposible.